La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 00766, decidió suspender la medida de embargo decretada sobre los bienes de Globovisión Tele, C.A. por la cantidad de Bs. 24.425.216,40. Esta decisión se basa en el cumplimiento de la obligación de pago de la multa impuesta a la empresa por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). La Sala también modificó la solicitud de cálculo de intereses moratorios, estableciendo que estos se calcularán desde el 1° de enero de 2012 hasta el 29 de junio de 2012, y ordenó la notificación a CONATEL para el retiro de los cheques consignados a su favor.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala en esta oportunidad pronunciarse sobre la solicitud de suspensión de la medida de embargo ejecutivo decretada por este Máximo Tribunal en sentencia Nº 00765 de fecha 28 de junio de 2012, planteada por las apoderadas judiciales de las sociedades mercantiles Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. y Globovisión Tele, C.A. A tales efectos, se observa lo siguiente: En la mencionada decisión Nº 00765 de fecha 28 de junio de 2012, esta Sala Político Administrativa se pronunció de la siguiente manera: Sobre la base de los razonamientos antes expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) Su COMPETENCIA para conocer y decidir la solicitud planteada por la apoderada judicial de la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL) y el DIRECTORIO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL de esa Comisión, contra la sociedad mercantil CORPOMEDIOS G.V. INVERSIONES, C.A., ‘(propietaria del 100% de las acciones de GLOBOVISIÓN TELE, C.A.)’, para el pago de la sanción de multa que le fue impuesta por el referido Directorio en la Providencia Administrativa N° PADRS-1.913 del 18 de octubre de 2011, así como el pago de los intereses moratorios generados por la falta de cancelación de la mencionada multa. 2) PROCEDENTE la solicitud formulada por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y el aludido Directorio para hacer cumplir el pago de la referida sanción de multa. 3) Se DECRETA embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la empresa Globovisión Tele, C.A. por la cantidad de Veinticuatro Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil Doscientos Dieciséis Bolívares con Cuarenta Céntimos (Bs. 24.425.216,40); monto que resulta de sumar el doble de Nueve Millones Trescientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Catorce Bolívares (Bs. 9.394.314,00), cantidad impuesta por concepto de multa, lo que arroja la suma de Dieciocho Millones Setecientos Ochenta y Ocho Mil Seiscientos Veintiocho Bolívares (Bs. 18.788.628,00), más las costas de la ejecución estimadas prudencialmente en un treinta por ciento (30%) del último monto señalado, esto es, Cinco Millones Seiscientos Treinta y Seis Mil Quinientos Ochenta y Ocho Bolívares con Cuarenta Céntimos (Bs. 5.636.588,40). 4) Se ORDENA oficiar al Banco Central de Venezuela (BCV) a los fines de que por vía de colaboración determine mediante una experticia complementaria del fallo, el monto que por concepto de intereses moratorios deberá pagar la sociedad mercantil Globovisión Tele, C.A., los cuales deberán calcularse sobre la cantidad de Nueve Millones Trescientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Catorce Bolívares (Bs. 9.394.314,00), a partir del 1° de enero de 2012 hasta la fecha en la cual se realice el cálculo, conforme a la tasa activa promedio de los seis (6) principales bancos comerciales del país, según el boletín publicado por el mencionado ente. Al efecto, se concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación de esta decisión.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos antes expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que: 1) SUSPENDE la medida de embargo decretada en la sentencia Nº 00765 de fecha 28 de junio de 2012, por la cantidad de Veinticuatro Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil Doscientos Dieciséis Bolívares con Cuarenta Céntimos (Bs. 24.425.216,40), sobre bienes propiedad de la sociedad mercantil Globovisión Tele, C.A. 2) Se MODIFICA la solicitud hecha por esta Sala al Banco Central de Venezuela (BCV) en la decisión N° 00765 del 28 de junio de 2012, en cuanto al lapso que tomará en cuenta para el cálculo de los intereses moratorios que deberá pagar la sociedad mercantil Globovisión Tele, C.A. En consecuencia, se ORDENA oficiar al mencionado Banco a los fines de que por vía de colaboración determine mediante la experticia complementaria del fallo ordenada en dicha sentencia, el monto de los intereses moratorios causados calculados sobre la cantidad de Nueve Millones Trescientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Catorce Bolívares (Bs. 9.394.314,00), a partir del 1° de enero de 2012 hasta el 29 de junio de 2012, inclusive, conforme a la tasa activa promedio de los seis (6) principales bancos comerciales del país, según el boletín publicado por el mencionado ente. Al efecto, se concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación de esta decisión. Se ORDENA notificar a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) con el objeto de que retire los cheques de gerencia Nos. 48604268 y 91-00071666, emitidos por el Banco Nacional de Crédito y 100% Banco, respectivamente, consignados ante esta Sala a favor de la referida Comisión.