La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 01539, declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil C.N.A. de Seguros La Previsora contra la Resolución DM/ Nº 410 del Ministerio de la Producción y el Comercio. Esta resolución había confirmado una sanción de multa impuesta a la recurrente por infracción del artículo 15 de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario. La Sala consideró que la decisión administrativa fue debidamente motivada y que el INDECU actuó dentro de su competencia al sancionar a la aseguradora por el incumplimiento en el pago total del siniestro reclamado por el asegurado Jorge Rincón.
En el análisis de la causa, la Sala desestimó los alegatos de la recurrente sobre vicios de inmotivación e incompetencia, afirmando que la Administración había cumplido con los requisitos legales y que la multa impuesta era proporcional a la infracción cometida. La Sala también destacó que la recurrente no logró desvirtuar los hechos que motivaron la apertura del procedimiento administrativo, lo que llevó a la confirmación de la sanción.
Finalmente, la Sala ordenó la publicación y registro de la sentencia, reafirmando la firmeza del acto administrativo impugnado y la legalidad de la actuación del INDECU en el caso.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido con solicitud de suspensión de efectos por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, contra la Resolución DM/ Nº 410 de fecha 29 de diciembre de 2003, dictada por el entonces Ministerio de la Producción y el Comercio, mediante la cual declaró “... SIN LUGAR el Recurso Jerárquico Impropio, interpuesto en fecha 11 de diciembre de 2002, contra la decisión dictada en fecha 03 de diciembre de 2001, emanada del Consejo Directivo del Instituto para la Defensa y Educación al Consumidor y del Usuario (INDECU)...” que confirmó la sanción de multa que le fue impuesta, por la cantidad de novecientos sesenta mil bolívares (Bs. 960.000,00), hoy reexpresada en novecientos sesenta bolívares (Bs. 960,00), por infracción del artículo 15 de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario, aplicable ratione temporis. En consecuencia se declara FIRME dicho acto.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido con solicitud de suspensión de efectos por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, contra la Resolución DM/ Nº 410 de fecha 29 de diciembre de 2003, dictada por el entonces Ministerio de la Producción y el Comercio, mediante la cual declaró “... SIN LUGAR el Recurso Jerárquico Impropio, interpuesto en fecha 11 de diciembre de 2002, contra la decisión dictada en fecha 03 de diciembre de 2001, emanada del Consejo Directivo del Instituto para la Defensa y Educación al Consumidor y del Usuario (INDECU)...” que confirmó la sanción de multa que le fue impuesta, por la cantidad de novecientos sesenta mil bolívares (Bs. 960.000,00), hoy reexpresada en novecientos sesenta bolívares (Bs. 960,00), por infracción del artículo 15 de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario, aplicable ratione temporis. En consecuencia se declara FIRME dicho acto.
Palabras clave
NulidadContencioso-AdministrativoProtección al Consumidor