Sentencia N° 770 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de octubre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0770, Exp. 17-957, 19/10/2018
Expediente17-957
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2018-10-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación presentado por los ciudadanos MARTÍN RANGEL, JORGE ARTEAGA y YORDANY VÉLIZ, en su calidad de representantes del Sindicato Solidario de Trabajadores de Alimentos y Granos La Lucha, C.A. El recurso se fundamenta en la interpretación de varios artículos de la Ley Orgánica del Trabajo y cláusulas de la Convención Colectiva de Trabajo en discusión. La Sala argumenta que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en la jurisprudencia, ya que no se busca una interpretación precisa de las normas, sino una opinión sobre las cláusulas de la convención colectiva.
Extracto de la motiva
Esta Sala en múltiples oportunidades ha señalado que el recurso de interpretación de una norma legal está dirigido a lograr una declaración de certeza sobre el contenido y alcance del derecho objetivo, por lo tanto, no tiene como finalidad obtener una sentencia que resuelva un conflicto de intereses o una situación jurídica concreta. En el caso en concreto, esta Sala observa que el objeto de la solicitud presentada no tiene el interés de una interpretación precisa acerca del alcance e inteligencia de las normas contenida en los artículos 433, 435, 437, 441 y 450 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, ante una duda razonable, más bien se pretende obtener una opinión de este alto Tribunal respecto al contenido de las cláusulas números 4 y 101 de la Convención Colectiva de Trabajo del Sindicato Solidario de Trabajadores de Alimentos y Granos La Lucha (SISTRAGRAL), actualmente en discusión, referidas a la vigencia y el beneficio de la retroactividad de la nueva convención colectiva que rige las relaciones laborales de los trabajadores y las trabajadoras que prestan servicios para la entidad de trabajo La Lucha, C.A., lo cual encuadra en la causal 7° de inadmisibilidad establecida por esta Sala en la sentencia antes referida, las cuales evidentemente escapan de la finalidad del recurso bajo análisis.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación propuesto por los ciudadanos MARTÍN RANGEL, JORGE ARTEAGA y YORDANY VÉLIZ, en su condición de Secretario General, Secretario de Organización y Secretario de Reclamo del Sindicato Solidario de Trabajadores de Alimentos y Granos La Lucha, C.A. (SISTRAGRAL), respectivamente, el 19 de mayo de 2017. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.