Sentencia N° 49 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de enero de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0049, Exp. 16-487, 30/01/2018
Expediente16-487
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2018-01-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero y con ponencia del Magistrado Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, se pronunció sobre un recurso de interpretación interpuesto por la sociedad Fábrica de Bolsas Plásticos Santa Cruz, C.A. en relación al artículo 7 de la Ley de Cestaticket Socialista. La Sala determinó que el recurso era inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos, ya que se evidenció la intención de sustituir recursos procesales existentes.
Extracto de la motiva
En aplicación del criterio antes señalado al caso concreto, se evidencia que la norma cuya interpretación se solicita, se encuentra prevista en un texto de rango legal, es decir, el artículo 7 de la Ley del Cestaticket Socialista de los Trabajadores y las Trabajadoras; sin embargo, la accionante solicita en el escrito contentivo del presente recurso, que se establezca la inaplicabilidad del Reglamento de la Ley de Alimentación de los Trabajadores y las Trabajadoras y por ende el denominado prorrateo contemplado en los Artículos 17 y 18 del referido Reglamento, a partir de la vigencia de la Ley del Cestaticket Socialista de los Trabajadores y las Trabajadoras, con lo cual se evidencia la pretensión por parte del solicitante, de sustituir los recursos procesales existentes para obtener una declaratoria de condena o constitutiva, en consecuencia, al no cumplir el recurso con uno de los requisitos concurrentes antes señalados, debe declararse su inadmisibilidad. Así se declara.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE el recurso de interpretación solicitado por la sociedad mercantil FÁBRICA DE BOLSAS PLÁSTICOS SANTA CRUZ, C.A.