Sentencia N° 496 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2019
TSJ/SCS, Sent. N° 0496, Exp. 19-044, 16/12/2019
Expediente19-044
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de diciembre de 2019, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Schlumberger de Venezuela, S.A. contra la sentencia del Tribunal Tercero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar la demanda de nulidad de la certificación N° 0582-10, emitida por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda. La apelación se fundamentó en vicios de procedimiento y falta de competencia territorial del ente administrativo que emitió la certificación de enfermedad ocupacional del trabajador Julio César Gómez.
La Sala analizó los argumentos presentados y concluyó que el procedimiento administrativo fue llevado a cabo conforme a la ley, y que la certificación de la enfermedad ocupacional fue emitida por un funcionario competente. Se determinó que no existieron vicios de nulidad en el acto administrativo impugnado, ya que se respetaron las garantías del debido proceso y el derecho a la defensa del trabajador.
Finalmente, se confirmó la validez de la certificación de enfermedad ocupacional, manteniendo firme la decisión del tribunal inferior y desestimando los argumentos de la parte recurrente sobre la incompetencia territorial y los vicios de procedimiento alegados.
Extracto de la motiva
Consecuencialmente con lo expuesto, debe declarar esta SCS que la DIRESAT MIRANDA (y la Dra. Haydee Rebolledo) resultaba incompetente para tramitar el certificado como ocupacional la enfermedad padecida por el Sr. Gómez (que no era ocupacional) incurriendo en la causal de nulidad absoluta del acto administrativo, contemplado en el numeral 4 del artículo 19, de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (“LOPA”), por lo que resulta nula la Providencia Administrativa Impugnada, signada con el N° 0582-10 de fecha 27 de septiembre de 2010, emitida por la DIRESAT MIRANDA adscrita al INPSASEL. (sic)( Destacados del original)
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil SCHLUMBERGER DE VENEZUELA, S.A., contra la sentencia de fecha 13 de agosto de 2018, emanada del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CONFIRMA dicho fallo; y TERCERO: queda FIRME la Certificación 0582-10 de fecha 27 de septiembre de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda “Delegado de Prevención Jesús Bravo” del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).