Sentencia N° 1286 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1286, Exp. 07-0584, 25/06/2007
Expediente07-0584
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por José Esteban Díaz Zavala contra la Ley de los Consejos Comunales, argumentando que el accionante no presentó un acto de aplicación de la norma impugnada que afectara su esfera jurídica. La Sala señala que la acción de amparo no es el mecanismo adecuado para cuestionar la inconstitucionalidad de una norma legal, siendo la acción de nulidad el recurso pertinente en este caso. La decisión se fundamenta en la interpretación de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La jurisprudencia de este Máximo Tribunal ha entendido que el amparo ejercido en forma autónoma contra actos normativos no puede estar dirigido contra el propio texto legal, sino contra los actos que deriven o apliquen el mismo; toda vez que, las normas no son capaces de incidir por sí solas en la esfera jurídica concreta de un sujeto determinado y, en consecuencia, lesionar directamente sus derechos y garantías constitucionales, incluso como simple amenaza, por cuanto no sería, en principio, una amenaza inminente, en los términos del artículo 2 de la referida Ley Orgánica, esto es, inmediata, posible y realizable. Siendo ello así, las normas, por su carácter general y abstracto, requieren de un acto de ejecución que las relacione con la situación jurídica concreta del accionante, pues, en definitiva, será éste y no la propia norma, la que puede ocasionar una lesión particular de los derechos y garantías constitucionales de una persona determinada, salvo que se trate de normas autoaplicativas.

Dispositiva

Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano JOSÉ ESTEBAN DÍAZ ZAVALA, contra la Ley de los Consejos Comunales, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.806 del 10 de abril de 2006. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalLey de los Consejos Comunalesinconstitucionalidadcompetencias municipalesdescentralizaciónacción de nulidadderechos constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca