DEROGADA desde 28-12-2009

Ley de los Consejos Comunales

GO 5.806 Extraordinario del 10-04-2006
Tipo de instrumentoLEY_ORDINARIA
Gaceta Oficial5.806 Extraordinario
Publicación10-04-2006
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaORDINARIO
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos33
Órgano emisorAsamblea Nacional

Objeto de la ley

Crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales; y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.

Resumen

La Ley de los Consejos Comunales establece el marco legal para la creación y funcionamiento de los consejos comunales en Venezuela, promoviendo la participación ciudadana en la gestión de políticas públicas. Define la estructura, atribuciones y deberes de los consejos comunales, así como la relación con los órganos del Estado. La ley busca fortalecer la democracia participativa y protagónica, permitiendo a las comunidades organizarse y gestionar sus necesidades de manera autónoma. Se establece un sistema de contraloría social y se crean unidades de gestión financiera para administrar recursos. Además, se deroga el artículo 8 de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública.

Temas principales

Consejos ComunalesParticipación CiudadanaGestión ComunitariaDesarrollo SocialPolíticas PúblicasAutonomía ComunitariaContraloría SocialFinanzas ComunitariasOrganización ComunitariaDesarrollo Endógeno

Jurisprudencia que la aplica

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