Sentencia N° 1279 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1279, Exp. 07-0167, 13/08/2008
Expediente07-0167
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2008-08-13
DecisiónExtinción del proceso por pérdida del interés
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra el artículo 6 de la Ley de Consejos Locales de Planificación Pública. Los recurrentes argumentaron que dicha ley violaba principios constitucionales relacionados con el sufragio y la participación política. La Sala, tras analizar el caso, declaró la extinción del proceso por pérdida del interés, dado que no hubo pronunciamiento respecto a la admisión de la demanda y los demandantes dejaron de instar al tribunal desde marzo de 2007.
Extracto de la motiva
En el presente caso se ha ejercido un recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad contra el artículo 6 de la Ley de Consejos Locales de Planificación Pública. En cuanto a la competencia para conocer de recursos como el presente, establece el numeral 1 del artículo 336 de la Carta Magna que es atribución de la Sala Constitucional, “(…) Declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con esta Constitución (…)”. Así mismo, el numeral 6 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone que corresponde a esta Sala: “(…) Declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el ejercicio del control concentrado de la constitucionalidad (…)”. Atendiendo a las disposiciones antes transcritas, esta Sala se declara competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente solicitud medida cautelar de suspensión de efectos, por los ciudadanos ROBIRO TERÁN, YUBISAY CLEMENTE, HUMBERTO BECERRA, CARLOS JULIO ROMERO, BEATRIZ LÓPEZ, GABRIEL SÁNCHEZ, HENRY ARTEAGA y RAFAEL CURVELO, asistidos por el abogado Emilio Graterón, ya identificados, contra “(…) el artículo 6 de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública en la Gaceta Oficial Nro. 38.591 de fecha 26 de diciembre del año 2006, por violar los principios fundamentales contenidos en los artículos 62, 63, 19 y 23 de la Constitución (…)”. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadsufragioparticipación políticaLey de Consejos Localesdemocracia participativainterés procesalamparo cautelar