Sentencia N° 1680 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1680, Exp. 09-0559, 10/12/2009
Expediente09-0559
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el Observatorio Venezolano de Prisiones contra el segundo aparte del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. Se argumentó que dicha disposición vulnera derechos fundamentales como el principio de progresividad de los derechos humanos, la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia. La Sala, tras analizar la legitimidad del recurrente y la admisibilidad del recurso, decidió acumular el presente expediente con otro similar y negó la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto, considera que el segundo aparte del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal afecta derechos fundamentales consagrados en la Constitución. En particular, se destaca que la disposición impugnada contradice el principio de progresividad de los derechos humanos, ya que permite la prolongación de la detención preventiva sin un juicio justo. Además, se argumenta que la norma vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva al extender los plazos de detención sin justificación adecuada, lo que afecta la celeridad en la administración de justicia. Por último, se resalta la violación de la presunción de inocencia, al permitir que un encausado cumpla pena mínima sin haber sido formalmente condenado, lo que contraviene el debido proceso.
Dispositiva
1.- Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada. 2.- ADMITE el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por el OBSERVATORIO VENEZOLANO DE PRISIONES contra el segundo aparte del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.536 del 4 de octubre de 2006. 3.- ACUMULA el presente expediente No. 09-0559 al expediente No. 09-0679. 4.- NIEGA la medida cautelar solicitada relativa a la suspensión de la aplicación de la disposición legal impugnada. 5.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación del recurso. 6.- ORDENA notificar a la parte recurrente de la presente decisión. 7.- ORDENA citar, mediante oficio, a la Presidenta de la Asamblea Nacional, a la Fiscal General de la República y a la Procuradora General de la República, respectivamente, para que comparezcan a darse por citadas ante este Tribunal Supremo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la publicación del cartel o de la notificación del último de los interesados. 8.- ORDENA notificar a los interesados mediante cartel que será librado por el Juzgado de Sustanciación, dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a que conste en autos mediante diligencia del Alguacil haberse efectuado la notificación del recurrente en su domicilio procesal.
Palabras clave
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