Ley Orgánica que reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos
GO 1.769 del 29-08-1975
Tipo de instrumentoLEY_ORGANICA
Gaceta Oficial1.769
Publicación29-08-1975
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaORGANICO
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos28
Órgano emisorAsamblea Nacional
Objeto de la ley
Se reserva al Estado, por razones de conveniencia nacional, todo lo relativo a la exploración, explotación, manufactura, transporte y comercio de hidrocarburos.
Resumen
La Ley Orgánica que reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos establece que todas las actividades relacionadas con la exploración, explotación, manufactura, transporte y comercio de hidrocarburos son de competencia exclusiva del Estado. Se extinguen las concesiones otorgadas y se crea una Comisión Supervisora para fiscalizar estas actividades. La ley también regula la indemnización a concesionarios y establece sanciones por infracciones a sus disposiciones.
Temas principales
Reserva del EstadoIndemnizaciónComisión SupervisoraFiscalizaciónSanciones
Jurisprudencia que la aplica
Esta norma es citada por 59 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes: