LEY DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE LICENCIADOS EN RELACIONES INDUSTRIALES Y RECURSOS HUMANOS
GO 37593 del 17-12-2002
Tipo de instrumentoLEY_ORDINARIA
Gaceta Oficial37593
Publicación17-12-2002
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaORDINARIO
Rama del derechoDerecho Laboral
Artículos57
Órgano emisorAsamblea Nacional
Objeto de la ley
El ejercicio de la profesión de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos se regirá por la presente Ley, su Reglamento y el Código de Ética Profesional.
Resumen
La Ley del Ejercicio de la Profesión de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos establece las disposiciones generales para el ejercicio de esta profesión en Venezuela. Regula la inscripción en el Colegio de Licenciados, las competencias y funciones de los profesionales, así como las sanciones por el ejercicio ilegal de la profesión. También se crea la Federación Venezolana de Colegios de Licenciados en Relaciones Industriales y Recursos Humanos, que coordina y orienta las actividades de los colegios y seccionales. La ley incluye disposiciones transitorias para la colegiación de profesionales con experiencia previa y establece el Instituto de Previsión Social para el bienestar de los licenciados.
Temas principales
Ejercicio ProfesionalRegistro ProfesionalSancionesFederación de ColegiosPrevisión Social
Jurisprudencia que la aplica
Esta norma es citada por 11 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes: