La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de interpretación presentada por el abogado Tíbulo Yván Camacho Romero, en representación de la Asociación Cooperativa de Transporte “LIRA” RL. La solicitud se refería a un auto de abstención judicial emitido por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo, en relación a actos administrativos que revocaban la autorización de parada terminal otorgada a la cooperativa. La Sala determinó que la solicitud era ininteligible y, por lo tanto, inadmisible.
Extracto de la motiva
El recurso de interpretación previsto en el numeral 52 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, tiene por finalidad determinar el alcance y contenido de los textos legales, es decir, de aquellos instrumentos jurídicos que tengan las características de objetividad, indeterminación y generalidad. En el caso que se ha planteado, pese al gran esfuerzo interpretativo que ha efectuado la Sala para desentrañar el objeto de este recurso, resulta prácticamente imposible atender a la solicitud de la accionante, puesto que se pretende a través de este especialísimo medio judicial, (mediante el cual se establece el sentido y aplicación de un texto legal) conminar al órgano jurisdiccional para que emita un pronunciamiento sobre el recurso de nulidad y amparo interpuesto en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de interpretación interpuesta por el abogado Tíbulo Yván Camacho Romero, actuando como apoderado judicial de la Asociación Cooperativa de Transporte “LIRA” RL, antes identificados. Publíquese, regístrese, notifíquese. Archívese el expediente.