✓ VIGENTE

Decreto N° 3.390

GO 38.095 del 28-12-2004
Tipo de instrumentoDECRETO
Gaceta Oficial38.095
Publicación28-12-2004
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaDECRETO_LEY
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos14
Órgano emisorPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Objeto de la ley

La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos.

Resumen

El Decreto N° 3.390 establece que la Administración Pública Nacional debe priorizar el uso de Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en sus sistemas y servicios. Se busca fomentar la producción de bienes y servicios, mejorar la gobernabilidad y facilitar la interoperabilidad de los sistemas de información del Estado. El Ministerio de Ciencia y Tecnología será responsable de la implementación y capacitación en el uso de este software, promoviendo su adopción y desarrollo en el país.

Temas principales

Software LibreAdministración PúblicaTecnologíaInteroperabilidadCapacitaciónDesarrollo de SoftwareCooperación InternacionalEducaciónCulturaInnovación

Jurisprudencia que la aplica

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