DecisiónDeclina en la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, la competencia para resolver la solicitud de regulación de competencia
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la regulación de competencia solicitada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental. La demanda fue interpuesta por Ascención Gregorio Ordaz contra la República Bolivariana de Venezuela y el Instituto Autónomo para el Desarrollo de los Servicios de Transporte Terrestre, Vialidad, Tránsito y Vigilancia de la Circulación del Estado Nueva Esparta. La Sala declina su competencia a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia para que resuelva la solicitud de regulación de competencia.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que ambos tribunales declarados incompetentes -Juzgado Accidental Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental- no tienen un tribunal superior común en el orden jerárquico, por lo que cabría aplicar el criterio sentado por la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia en sentencia publicada el 26 de octubre de 2004 bajo el Nº 24, conforme a la cual los conflictos de competencia que se presenten entre tribunales de distintas jurisdicciones sin un superior común, deben ser resueltos por dicha Sala. Dicho criterio fue recogido en el numeral 3 del artículo 24 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia vigente, según el cual es competencia de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia el conocimiento de los conflictos de no conocer que se planteen entre tribunales de instancia con distintas competencias materiales, cuando no exista una Sala con competencia por la materia afín a la de ambos tribunales.
Dispositiva
Declina en la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, la competencia para resolver la solicitud de regulación de competencia formulada en la demanda por reivindicación interpuesta por el ciudadano Ascención Gregorio Ordaz, actuando en nombre propio, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio de Infraestructura, hoy Ministerio del Poder Popular para Transporte Terrestre, y el Instituto Autónomo para el Desarrollo de los Servicios de Transporte Terrestre, Vialidad, Tránsito y Vigilancia de la Circulación del Estado Nueva Esparta (INVITRANE). Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente a la Sala Plena. Cúmplase lo ordenado.