El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, revisó la consulta sobre la sentencia interlocutoria N° 188/2008 que declaró inadmisible la demanda de juicio ejecutivo interpuesta por el Fisco Nacional contra la sociedad mercantil Walco Industrial, S.A. La Sala determinó que la demanda no cumplía con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil, específicamente en relación a la presentación de documentos que fundamenten la pretensión del demandante.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala conocer en consulta, conforme a lo previsto en el artículo 72 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2008, de la sentencia interlocutoria N° 188/2008 dictada en fecha 12 de noviembre de 2008 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la demanda de juicio ejecutivo incoada por el apoderado judicial del Fisco Nacional contra la sociedad mercantil Walco Industrial, S.A., y al efecto observa: La presente causa versa sobre un juicio de naturaleza tributaria que debe ser resuelta siguiendo los principios y normas adjetivas contenidas en el Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable ratione temporis.
Dispositiva
1.- QUE PROCEDE la consulta de la sentencia interlocutoria N° 188/2008 dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 12 de noviembre de 2008, mediante la cual se declaró inadmisible la demanda por juicio ejecutivo interpuesta por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sociedad mercantil WALCO INDUSTRIAL, S.A. 2.- Se REVOCA el referido fallo. 3.- Se REPONE la causa al estado de que se notifique el auto de fecha 31 de octubre de 2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional.