Sentencia N° 911 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de septiembre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00911, Exp. 2009-0044, 29/09/2010
Expediente2009-0044
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2010-09-28
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 054/2008, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de la sociedad mercantil Auto Oriente Maturín, S.A. La decisión del tribunal de primera instancia fue confirmada, excepto en lo que respecta a la condena en costas, que fue revocada. La Sala argumentó que la contribuyente tenía derecho a deducir créditos fiscales generados antes de la entrada en vigencia de la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, y que la imposición de costas al Fisco Nacional era improcedente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el tema de la presente decisión queda circunscrito al examen de la juridicidad de la sentencia N° 054/2008, dictada el 26 de mayo de 2008 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil Auto Oriente Maturín, S.A. contra la Resolución (Sumario Administrativo) N° RNO/DSA/99/000080 de fecha 30 de abril de 1999, mediante la cual la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del SENIAT, conjuntamente con la División de Sumario Administrativo adscrita a la prenombrada Gerencia, se determinaron obligaciones tributarias (principales y accesorias) a cargo de la empresa accionante por los montos y conceptos descritos anteriormente. Por consiguiente, corresponderá a este Supremo Tribunal de Justicia pronunciarse sobre el mérito de las denuncias de: i) falso supuesto de derecho; ii) errónea interpretación de ley; iii) “errónea aplicación de criterio jurisprudencial” (falso supuesto de hecho y de derecho); y iv) contradicción, efectuadas por la representación en juicio del ente tributario nacional a través del escrito de fundamentación del recurso de apelación interpuesto.

Dispositiva

En razón de los argumentos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia N° 054/2008 de fecha 26 de mayo de 2008, dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil AUTO ORIENTE MATURÍN, S.A. contra la Resolución (Sumario Administrativo) N° RNO/DSA/99/000080 de fecha 30 de abril de 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del SENIAT, conjuntamente con la División de Sumario Administrativo adscrita a la prenombrada Gerencia. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido, con excepción de la condenatoria en costas pronunciada por el Tribunal remitente, la cual se REVOCA.

Palabras clave

Contencioso TributarioFisco NacionalAuto Oriente MaturínImpuesto al Consumo Suntuario

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