La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial en un caso de cobro de prestaciones sociales, donde la demandante, Ysabel Yaneira Delgado González, había interpuesto una demanda contra la empresa Perforaciones Albornoz, C.A. (PERFOALCA). El Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo había declarado la falta de jurisdicción debido a que la empresa estaba sometida a un proceso de liquidación administrativa por parte del Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE).
Extracto de la motiva
En tal sentido, cabe destacar que en los casos en los que la parte demandada se encuentren sometidas a procesos de intervención y liquidación administrativa, esta Sala ha precisado, en las sentencias Núms. 01166, 00822, 00650, 00108 y 2016-0022 del 17 de noviembre de 2010, 22 de junio de 2011, 6 de junio de 2012, 7 de febrero de 2013 y 6 de octubre de 2016, respectivamente, lo siguiente:
Dispositiva
Se declara que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir de la demanda por cobro de prestaciones sociales y demás beneficios laborales intentada por la representación judicial de la ciudadana Ysabel Yaneira Delgado González, contra la sociedad mercantil Perforaciones Albornoz, C.A. (PERFOALCA). Se confirma la decisión sometida a consulta, dictada en fecha 27 de febrero de 2019 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.