Sentencia N° 6577 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de diciembre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 06577, Exp. 1999-16730, 21/12/2005
Expediente1999-16730
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2005-12-20
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario. Se revocó la eximente de responsabilidad penal tributaria alegada por la contribuyente, considerando que la escasa publicidad de las leyes fiscales no exime de responsabilidad. Además, se ordenó al Fisco Nacional emitir las planillas sustitutivas correspondientes, ajustándose a los términos del fallo.

Extracto de la motiva

En virtud de la declaratoria contenida en la sentencia recurrida y de las objeciones formuladas por la Administración Tributaria, así como las defensas opuestas por la representación en juicio de la contribuyente, la controversia planteada en el caso de autos se contrae a decidir, en el orden expuesto, sobre los vicios de la decisión aquí apelada, a saber, violación de las disposiciones contenidas en los ordinales 4º, 5º y 6º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil y falso supuesto de derecho en los que presuntamente incurrió el a quo cuando declaró procedente la nulidad de los actos impugnados. Así, delimitada la litis pasa la Sala a decidir, a cuyo efecto habrá de pronunciarse, sobre dos puntos previos, el primero, respecto a la perención de la instancia, solicitado en fecha 10 de julio de 2003 por la apoderada de la contribuyente; y el segundo, sobre la admisibilidad del recurso contencioso tributario, en razón del alegato de errónea aplicación de la Ley, señalado por el Fisco Nacional.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Alí Alberto Gamboa, antes identificado, actuando con el carácter de sustituto del ciudadano Procurador General de la República, en representación del FISCO NACIONAL, contra la Sentencia No. 635 de fecha 30 de julio de 1999, dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se REVOCA la sentencia apelada en lo que respecta a la eximente de responsabilidad penal, descrita en el literal c) del artículo 79 del Código Orgánico Tributario de 1994. 2.- Se ORDENA al Fisco Nacional emitir las planillas sustitutivas correspondientes, sujetándose a los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

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