El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Político-Administrativa, confirma la decisión del Tribunal Vigésimo Segundo que declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido interpuesta por Luis Roberto García Castillo contra PIDEYUMMY S.A. La decisión se basa en que el demandante estaba amparado por la inamovilidad laboral establecida en un decreto presidencial, lo que implica que su caso debe ser conocido por la Inspectoría del Trabajo.
Extracto de la motiva
De las normas parcialmente transcritas se evidencia la imposibilidad de despedir a un trabajador o trabajadora protegido (a) por la inamovilidad establecida en el referido Decreto a menos que exista una causa justificada debidamente comprobada por el Inspector del Trabajo que corresponda, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 422 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. En tal sentido, de los alegatos expuestos por el ciudadano Luis Roberto García Castillo, antes identificado, en su solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, de fecha 8 de julio de 2022, reformado el 13 del mismo mes y año, se advierte: i) Que comenzó a prestar sus servicios para la empresa demandada el 1° de septiembre de 2021, siendo presuntamente despedido el día 23 de junio de 2022, acumulando así nueve (9) meses de antigüedad; ii) Que se desempeñaba en el “cargo de chofer”, sin que de los autos se evidencie que tenía atribuidas funciones de dirección y, iii) Que no era un trabajador de temporada u ocasional. Por tanto, debe tenerse que el aludido trabajador, para la fecha del alegado despido (23 de junio de 2022), se encontraba presuntamente amparado por la inamovilidad prevista en el citado Decreto Presidencial Nro. 4.414 dictado el 31 de diciembre de 2020, lo cual implica que la solicitud de autos deba ser conocida por la Inspectoría del Trabajo respectiva.
Dispositiva
PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN DEL PODER JUDICIAL para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano Luis Roberto García Castillo, contra la entidad de trabajo PIDEYUMMY S.A. SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente en consulta a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.