Sentencia N° 1156 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de diciembre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 01156, Exp. 2006-0805, 14/12/2023
Expediente2006-0805
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por AGROPECUARIA FLORA, C.A. contra la Resolución del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) que había declarado sin lugar un recurso jerárquico. La Sala anuló la resolución impugnada y confirmó la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso de apelación de la empresa. Se determinó que la empresa no estaba obligada a retener el impuesto sobre los dividendos disponibles al 31 de diciembre de 1991, ya que el accionista era una persona jurídica domiciliada en Venezuela.

Extracto de la motiva

Por ello encuentra este Tribunal 2 errores sustanciales uno de simple reglas de aplicación y vigencia de las normas, toda vez que no se puede aplicar un Decreto una vez que ha sido derogado, y en segundo lugar un error de fondo toda vez que el literal A del Artículo 14 se refiere a personas naturales y demás entes asimilables a ellas, no concordando con la situación fáctica por tratarse de una persona jurídica, por lo que este Tribunal observa el vicio de falso supuesto, que hace anulable la Resolución impugnada, su multa y los intereses moratorios. Así se declara (…). En cuanto a la sanción, el sentenciador aseveró que tampoco existe “(…) la contravención a la norma que sanciona esa especial infracción por incumplimiento de deber formal, ya que, al no subsumirse la conducta antijurídica en el tipo delictual, no puede sancionarse al actor (…)”. Respecto a los intereses moratorios, el juzgador declaró su nulidad, “(…) toda vez que los intereses son accesorios de la obligación principal y al ser nula la obligación principal, también lo son sus accesorios (…)”, además, por el criterio jurisprudencial que sostiene que dichos intereses no comienzan a correr sino desde el momento en que quede firme la Resolución a través de sentencia definitivamente firme y eso no ha ocurrido en el presente caso.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por AGROPECUARIA FLORA, C.A. contra la Resolución identificada con el alfanumérico HGJT-A-379 de fecha 28 de agosto de 1998, y se anulan los actos administrativos correspondientes.

Palabras clave

impuestotributarioresoluciónsancióninteresespersonas jurídicasderecho administrativo

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