Sentencia N° 34 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de enero de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00034, Exp. 2013-0783, 22/01/2014
Expediente2013-0783
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2014-01-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) contra la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario de la Clínica Oftalmológica Campo Alegre, C.A. La controversia se centró en si el recurso jerárquico fue presentado dentro del lapso legal. La Sala concluyó que el recurso fue interpuesto oportunamente, confirmando así la decisión del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la apelación ejercida por la representación judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), contra la sentencia definitiva Nro. 005/2013 de fecha 29 de enero de 2013 dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar suspensión de efectos, por la sociedad de comercio Clínica Oftalmológica Campo Alegre, C.A. Previamente, es necesario señalar que el recurso contencioso tributario fue ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo impugnado, respecto de la cual no hubo pronunciamiento por parte del Tribunal de la causa. En tal sentido, no procede en esta etapa del proceso esgrimir consideraciones en relación a dicha medida, por ser accesoria a la acción principal que está siendo conocida ahora por esta Sala en segunda instancia. Así se declara. Vistos los términos en los que el fallo apelado fue dictado, así como las alegaciones expuestas en su contra por la representación judicial del Instituto recurrido, se verifica que la controversia planteada ha quedado circunscrita a decidir si el recurso jerárquico incoado por la empresa contribuyente, fue ejercido dentro del lapso de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de la Decisión de Multa identificada con las siglas OACH-D-DGF-2011-000308 dictada el 29 de marzo de 2012, conforme a lo previsto en el numeral 3 del artículo 90 de la Ley del Seguro Social de 2010, aplicable en razón del tiempo.

Dispositiva

En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.), contra la sentencia definitiva Nro. 005/2013 dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 29 de enero de 2013, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la sociedad de comercio CLÍNICA OFTALMOLÓGICA CAMPO ALEGRE, C.A., contra la Providencia Administrativa signada con el Nro. 0073 del 24 de mayo de 2012, emitida por el Presidente del aludido Instituto. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado en los términos expuestos en esta decisión judicial. NO PROCEDEN COSTAS PROCESALES contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.).

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