La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 01450, declara concluido el juicio relacionado con el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Jesús Enrique Romero contra el Ministerio del Poder Popular para la Defensa. La decisión se basa en el cumplimiento de la sentencia Nro. 01672, que ordenó su reincorporación a la Armada Bolivariana, así como el pago de salarios dejados de percibir desde su retiro en 2003 hasta su reincorporación en 2014.
Extracto de la motiva
A los fines de determinar si se dio cumplimiento a lo acordado por esta Sala mediante sentencia Nro. 00638 del 4 de junio de 2015, por medio de la cual se ordenó notificar al ciudadano Jesús Enrique Romero, antes identificado, y al Ministro del Poder Popular para la Defensa, para que informaran a este Máximo Tribunal sobre la ejecución de la sentencia Nro. 01672 del 18 de noviembre de 2009 y, de ser el caso declarar concluido el presente procedimiento, se observa: El 14 de julio de 2015, el ciudadano Alguacil de esta Sala dejó constancia de haber practicado la notificación del referido Ministro, del recurrente, y de la Procuraduría General de la República, en fechas 6, 9 y 10 de julio de este mismo año, respectivamente (Vid., folios 317 al 322 del expediente judicial). En fecha 16 de septiembre de 2015, se recibió el oficio Nro. MPPD-CJ-DD 3269, de fecha 7 de septiembre de 2015, suscrito por el Coronel Adolfo Miguel Castillo Hernández, actuando en su carácter de Consultor Jurídico del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, y dirigido al Presidente de esta Sala Político Administrativa, por medio del cual informó lo siguiente: “En atención a su particular, esta Instancia de Consulta muy respetuosamente le informa que por medio del oficio N° MPPD-CJ-DD2627 de fecha 15JUL15, se le solicitó al Componente de la Armada Bolivariana con carácter de urgencia toda la información relacionada con el mandato judicial (N°01672 de fecha 18NOV09), recibiendo como respuesta mediante el oficio N° 0049 de fecha 04AGO15 (…), que el mencionado Tropa Profesional fue reincorporado mediante Orden del Comandante General de la Armada Bolivariana N° ORD-COMPGA-3789 de fecha 03NOV11, siendo designado a ocupar cargo en el Batallón de Vehículos Anfibios de la Infantería de Marina Bolivariana desde el 01 de Noviembre de 2014, y además anexa copia del oficio N° 1493 del 25 de agosto de 2015, relacionado con el pago de los sueldos dejados de percibir por el accionante, desde el mes de agosto del año 2003 hasta el mes de diciembre de 2010, y el mes de octubre hasta el mes de diciembre de 2014.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político -Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que ha CONCLUIDO el presente juicio, relacionado con el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el ciudadano JESÚS ENRIQUE ROMERO, antes identificado, contra el “(…) oficio Nro. 2351 emanado del Director del Departamento de Moral y Disciplina del Comando General de la Armada en la Comandancia General de la Armada [adscrita al entonces MINISTERIO DE LA DEFENSA, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA] (…)” (Agregado de la Sala). En consecuencia, se ORDENA el cierre y archivo del expediente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Cúmplase lo ordenado.