Sentencia N° 215 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de marzo de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00215, Exp. 1991-8105, 29/03/2023
Expediente1991-8105
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-03-29
DecisiónExtinción de la acción por pérdida de interés

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida de interés en la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil C.A., ALCOHOLERA DEL TÁCHIRA (CIALTA) contra resoluciones tributarias. Se argumenta que, tras las gestiones de notificación a las partes, no se presentó interés en continuar el proceso, lo que llevó a la decisión de extinguir la acción. La sentencia se fundamenta en la falta de comparecencia de los apoderados judiciales y la normativa aplicable en materia tributaria.

Extracto de la motiva

Conforme a lo anteriormente expuesto, la pérdida de interés debe ser declarada por el órgano jurisdiccional cuando la inactividad procesal se produzca antes de la admisión o después de que la causa entre en estado de sentencia; mientras que la perención de la instancia se produce cuando la paralización se verifica entre la admisión y hasta la oportunidad en que se dice “Vistos” y comienza el lapso para pronunciar la sentencia de mérito. En el caso en concreto, y atendiendo a que se llevaron a cabo las actuaciones necesarias para lograr la notificación de las partes a los fines de que “informen respecto al estado en que se encuentra la (…) solicitud de remisión [tributaria]”, y en consecuencia se manifieste su interés en la continuación de la causa; y habiendo transcurrido el lapso otorgado para su comparecencia sin que sus apoderados judiciales hubiesen acudido ante esta instancia jurisdiccional, esta Sala Político-Administrativa de acuerdo a los criterios jurisprudenciales aludidos, procede a declarar extinguida la acción por pérdida del interés procesal. (Agregado de la Sala). Así se decide.

Dispositiva

Declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DE INTERÉS en la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil C.A., ALCOHOLERA DEL TÁCHIRA (CIALTA) contra las Resoluciones Nros. HRA-500-DSA-953 y HRA-500-DSA-954.

Palabras clave

extinción de acciónpérdida de interésnulidadC.A., ALCOHOLERA DEL TÁCHIRA

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