La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de desistimiento tácito presentada por el Juzgado de Sustanciación, debido a la falta de cumplimiento en la notificación a terceros interesados. La Sala había declinado la competencia a la Sala Constitucional en una decisión anterior, lo que generó que el Juzgado continuara con el proceso sin tener materia sobre la cual decidir. Finalmente, se ordenó la remisión de los autos a la Sala Constitucional para dar cumplimiento a la decisión previa.
Extracto de la motiva
Advierte la Sala, que en fecha 30 de octubre del presente año, en la oportunidad de decidir sobre la tutela cautelar invocada por la parte recurrente en el escrito de la demanda, la Sala declinó la competencia para conocer del presente caso en la Sala Constitucional de este Supremo Tribunal, en virtud de que el actor demandó la protección de intereses colectivos o difusos, y en tal virtud se ordenó la inmediata remisión de los autos a dicha Sala. Consta en autos, específicamente en el cuaderno de medidas, que en fecha 13 de noviembre de 2007, la Secretaría de la Sala libró el Oficio N° 5444, mediante el cual se remitía al Juzgado de Sustanciación copia certificada de la citada decisión y se le solicitaba la pieza principal, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en dicho fallo. Ahora bien, toda vez que no existe en el expediente constancia de que dicho Oficio hubiese sido recibido, juzga la Sala que al desconocer la sentencia mediante la cual se declinó la competencia, el Juzgado de Sustanciación continuó el curso de la causa y solicitó que la Sala se pronunciase respecto a la falta retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento a los terceros interesados, en virtud de que el recurrente incumplió con dicha carga procesal, probablemente porque había sido declinada la competencia.
Dispositiva
1. DECLARA no tener materia sobre la cual decidir con relación a la solicitud de desistimiento tácito por falta de retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento a los terceros interesados. 2. ORDENA la inmediata remisión de los autos a la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, en cumplimiento del fallo de esta Sala de fecha 30 de octubre de 2007. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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