La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por Marcos Tulio Cabrera Coronel contra la Resolución Núm. 004-2009 de la Comisión Nacional de Valores. Esta resolución había cancelado su autorización para actuar como corredor público de valores, alegando incumplimientos en la presentación de información periódica. La Sala considera que la sanción impuesta excedió los límites de la potestad discrecional de la Administración y violó el derecho a la defensa del recurrente, al no ajustarse a lo previsto en la Ley de Mercado de Capitales.
Extracto de la motiva
La Sala comparte el criterio sostenido por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en el caso de autos, por lo que se estima que la declaratoria con lugar del recurso de nulidad resuelta en la sentencia objeto de consulta se encuentra ajustada a derecho. Así se decide. Por las consideraciones expresadas, esta Sala declara procedente la consulta y, en consecuencia, confirma en los términos expuestos la sentencia Núm. 2013-0690 de fecha 23 de abril de 2013, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en la que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Marcos Tulio Cabrera Coronel, contra el acto administrativo dictado por la Comisión Nacional de Valores, contenido en la Resolución Núm. 004-2009 de fecha 16 de enero de 2009, publicada en Gaceta Oficial Núm. 39.123 de fecha 18 de febrero de 2009, a través de la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración contra la Resolución Núm. 231-2008 de fecha 21 de noviembre de 2008. Así se declara.
Dispositiva
1.- Que PROCEDE LA CONSULTA de la sentencia Núm. 2013-0690 de fecha 23 de abril de 2013, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en la que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano MARCOS TULIO CABRERA CORONEL, contra el acto administrativo dictado por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES contenido en la Resolución Núm. 004-2009 de fecha 16 de enero de 2009, publicada en Gaceta Oficial Núm. 39.123 de fecha 18 de febrero de 2009, a través de la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución Núm. 231-2008 de fecha 21 de noviembre de 2008, que le canceló al precitado ciudadano la autorización para actuar como corredor público de valores y su inscripción en el Registro Nacional de Valores. 2.- CONFIRMA en los términos expuestos la referida decisión objeto de consulta. 3.- Se REVOCA la orden emitida por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a la Superintendencia Nacional de Valores para que dictara “un nuevo acto administrativo que resuelva el recurso de reconsideración interpuesto por el accionante…”.
Palabras clave
potestad discrecionalsanciones administrativascircunstancias atenuantesinterpretación de normasComisión Nacional de Valores