Sentencia N° 187 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de febrero de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00187, Exp. 2005-4095, 14/02/2008
Expediente2005-4095
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2008-02-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la demanda de indemnización de daños y perjuicios interpuesta por Milton Rafael Trujillo Ruiz contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A. La Sala concluyó que el banco no incurrió en responsabilidad, ya que actuó en cumplimiento de una orden judicial relacionada con un amparo constitucional. A pesar de que el demandante sufrió un perjuicio patrimonial, la Sala determinó que no existía relación de causalidad entre el daño y la actuación del banco, por lo que la demanda fue declarada sin lugar.

Extracto de la motiva

En efecto, en cuanto se refiere al acatamiento de los mandamientos de amparo constitucional cabe resaltar que el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece lo que sigue: 'Quien incumpliere el mandamiento de amparo constitucional dictado por el Juez, será castigado con prisión de seis (6) a quince (15) meses'. De ahí que, a juicio de la Sala, la entrega de la cantidad de dinero no fue una determinación de la mencionada entidad bancaria, puesto que ésta se limitó a acatar una orden judicial, en ejecución del amparo constitucional declarado a favor del ciudadano Francesco Imbrondone Saputo, actuación que encuentra su justificación en la disposición antes transcrita de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En consecuencia, pese a que esta Sala constató la ocurrencia del hecho dañoso y el perjuicio sufrido en la esfera patrimonial del demandante, siendo que el daño no es imputable a la sociedad mercantil demandada, no existe la relación de causalidad requerida para la declaratoria de responsabilidad por hecho ilícito alegada y prevista en los artículos 1.185 y 1.191 del Código Civil, motivo por el cual no puede ser declarada responsabilidad alguna del Banco Industrial de Venezuela, C.A. Así se decide.

Dispositiva

De conformidad con los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por concepto de indemnización de daños y perjuicios interpuesta por el ciudadano MILTON RAFAEL TRUJILLO RUIZ, contra la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. No procede la condenatoria en costas, por las razones expuestas. Publíquese, regístrese, notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

indemnizacióndaños y perjuiciosresponsabilidad civilamparo constitucional

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