Sentencia N° 1824 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de diciembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01824, Exp. 2007-1020, 16/12/2009
Expediente2007-1020
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-12-15
DecisiónCONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia en un recurso contencioso administrativo interpuesto por C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA contra una resolución del Ministerio de Finanzas. Se constató que la causa había estado paralizada desde el 13 de agosto de 2008, sin que se hubieran realizado actos procesales, lo que llevó a declarar consumada la perención de la instancia. La decisión se fundamenta en la normativa que establece la extinción de la instancia por inactividad procesal.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse con relación a la perención de la instancia, y al respecto se observa: Ha sido pacífico y reiterado el criterio conforme al cual la perención de la instancia constituye un medio de terminación procesal que opera por la no realización, en un período mayor de un año, de actos de procedimiento destinados a mantener en curso el proceso (tal y como lo preveía el artículo 86 de la derogada Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y ahora, el artículo 19, decimoquinto aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela), o cuando se verifica alguna de las situaciones previstas en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que consagra las llamadas “perenciones breves” para específicos supuestos en los que la inactividad de las partes interesadas se produce en lapsos sensiblemente inferiores al de un año. Se constituye entonces el instituto de la perención como un mecanismo de ley diseñado con el propósito de evitar que los procesos se perpetúen y los órganos de Administración de Justicia se encuentren en la obligación de procurar la composición de causas, en las cuales no existe ningún tipo de interés de los sujetos de la litis.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la representación judicial de la sociedad mercantil C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, contra la Resolución N° F-1.902, de fecha 30 de abril de 2007, emitida por el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióninstanciarecurso contencioso administrativonulidadsuspensión de efectos

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