Sentencia N° 1812 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de diciembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01812, Exp. 2006-1486, 16/12/2009
Expediente2006-1486
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-12-15
DecisiónCONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia en un recurso contencioso administrativo interpuesto por C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA contra una resolución del Ministro de Finanzas. Se determinó que la causa había estado paralizada desde el 21 de octubre de 2008, sin que se hubieran realizado actos procesales que impulsaran el proceso, lo que evidenció la falta de interés de la parte actora.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala pronunciarse sobre la perención de la instancia advertida por el Juzgado de Sustanciación en el caso bajo examen. La perención de la instancia constituye un mecanismo anómalo de terminación del proceso, en el sentido de que el pronunciamiento proferido por el operador de justicia que declare la perención no produce cosa juzgada material, pudiendo el accionante interponer nuevamente la acción en similares términos como fue propuesta anteriormente, siempre que se encuentre dentro del lapso legal establecido a tales fines. Este instituto procesal se constituye así en un mecanismo de ley, diseñado con el propósito de evitar que los procesos se perpetúen y los órganos de administración de justicia deban procurar la composición de causas en las cuales no existe interés de los sujetos procesales.

Dispositiva

Por los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, antes identificada; contra la Resolución N° 1.760 de fecha 12 de julio de 2006, emanada del MINISTRO DE FINANZAS, hoy MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA ECONOMÍA Y FINANZAS. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióninstanciarecurso contencioso administrativo

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