Sentencia N° 1721 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 01721, Exp. 2012-0743, 18/12/2014
Expediente2012-0743
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre las apelaciones interpuestas por Bingo Galaxie C.A. y Domingos Aires Goncalves contra la sentencia definitiva N° 1599 del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario. La apelación se fundamentó en vicios de incongruencia negativa y falta de valoración de pruebas, alegando que no se había intimado adecuadamente a Goncalves como responsable solidario. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, desestimando las apelaciones y ordenando continuar con el procedimiento de embargo ejecutivo.

Extracto de la motiva

Vistos los términos en que fue dictado el fallo apelado y las alegaciones expuestas en su contra por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil Bingo Galaxie C.A. y del ciudadano Domingos Aires GONCALVES, así como las contestaciones de los abogados sustitutos del Procurador General de la República, en representación de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, observa esta Sala que la controversia planteada queda circunscrita a decidir si el Tribunal a quo incurrió en los vicios de incongruencia negativa y silencio de pruebas, al declarar sin lugar la oposición a la demanda de ejecución de créditos fiscales y ordenar la continuación de dicho procedimiento. Delimitada así la litis pasa la Sala a decidir y a tal efecto observa: Previamente, debe esta Máxima Instancia resolver las solicitudes de inadmisibilidad de las apelaciones expuestas por la representación judicial de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles en sus contestaciones, las cuales se fundamentan en lo siguiente: 1) Contestación a la apelación de Domingos Aires GONCALVES: “(…) TODO ESTO CON LA FINALIDAD DE CONSIDERAR EL CARÁCTER IMPERATIVO QUE EL CIUDADANO DOMINGO AIRES GONCALVES, DEBE RESPONDER SOLIDARIAMENTE YA QUE DETENTA EL CARGO ALEGADO COMO DIRECTOR DE LA SOCIEDAD MERCANTIL IDENTIFICADA BAJO LOS PERÍODOS CUYO IMPERIO ESTÁ SUJETO A LA RESPONSABILIDAD QUE DEBE CUMPLIR EN MATERIA TRIBUTARIA, todo esto de conformidad con el artículo 28 numeral 2 del Código Orgánico Tributario: (Sic). (…) En base a lo anteriormente expuesto, es que solicitamos ante este honorable Sala Político-Administrativa que SE DECLARE INADMISIBLE la apelación interpuestas por el apoderado judicial abogado ÁNGEL ANTONIO SALAZAR FENECH, cédula de identidad V- 13.945.742, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.484, apoderado judicial del ciudadano DOMINGOS AIRES GONCALVES, contra la sentencia definitiva N° 1599 de fecha 30 de marzo de 2012 (…)”. (Copia textual). 2) Contestación a la apelación de Bingo Galaxie C.A.: “(…) Como punto previo de defensa, es necesario solicitar muy respetuosamente ante esta Honorable Sala Político Administrativa de nuestro Máximo Tribunal, que sea declarado inadmisible la apelación interpuesta por la sociedad mercantil BINGO GALAXIE, C.A., por considerar esta Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingos y Máquinas Traganíqueles, que el alegato esgrimido en cuanto la consignación de un oficio N° CNC/DA/2011N° 038 de fecha 07 de febrero de 2011, emanado de esta Comisión, se refiere a períodos no objetados de la fiscalización, por cuanto se debe tomar en cuenta a la fecha del mencionado oficio, ya se encontraba en controversia el presente acto administrativo, en virtud, de la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo N° CNC-D-RCS-003/10 de fecha 04 de octubre de 2010, confirma y deja constancia de las planillas utilizadas y tomadas en cuenta al efectuar los ajustes a que dieron al Acta de Reparo N° CNC-IN-2009-003 de fecha 3 de agosto de 2009, mal puede invocar el apelante el vicio de valoración de pruebas por parte del (aquo) Tribunal Superior Tercero en lo Contencioso Tributario de esta Circunscripción Judicial al dictar Sentencia Definitiva N° 1599 de fecha 30 de marzo de 2012. (Sic). (Destacado y subrayado del escrito). (…) De lo expuesto, observa la Sala que los motivos de la representación judicial de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles para solicitar la inadmisibilidad de las apelaciones, no están referidos a la falta de razones de hecho y de derecho para impugnar el fallo apelado, ni que la apelación sea inadmisible por la cuantía, o que haya sido interpuesta fuera del lapso, así como tampoco por falta de representación del apoderado judicial de la parte demandada, sino que se relacionan, en primer lugar, con la condición de responsable solidario del ciudadano Domingos Aires GONCALVES, y en segundo lugar, con el Oficio CNC/DA/2011 N° 038 del 7 de febrero de 2011, sobre el cual la empresa Bingo Galaxie C.A. alegó el vicio de silencio de pruebas, lo que está relacionado con las apelaciones interpuestas. De manera que no evidencia la Sala motivos para declarar inadmisibles las apelaciones de la parte demandada, por lo que se desestima la solicitud de la representación judicial de la referida Comisión. Así se declara.

Dispositiva

En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las apelaciones incoadas por la contribuyente BINGO GALAXIE C.A. y por el ciudadano DOMINGOS AIRES GONCALVES, contra la sentencia definitiva N° 1599 de fecha 30 de marzo de 2012, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se CONFIRMA. Se CONDENA EN COSTAS, a la contribuyente y al responsable solidario en el monto equivalente al diez por ciento (10%) de la cuantía de la demanda, por aplicación supletoria del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, de conformidad con el artículo 332 del Código Orgánico Tributario de 2001. Publíquese, regístrese y comuníquese.

Palabras clave

embargo ejecutivoresponsabilidad solidariacontribuciones especiales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca