La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Benito Ramón Perdomo Pérez contra la Resolución N° 13.874, que lo pasó a situación de retiro por 'permanencia máxima en el grado'. La Sala fundamentó su decisión en que el acto administrativo se ajustó a derecho, dado que el recurrente había excedido el tiempo de permanencia en el grado de Coronel. Además, se desestimaron las alegaciones de violación del derecho a la defensa y al debido proceso, así como la denuncia de trato discriminatorio, al no encontrarse pruebas que sustentaran tales afirmaciones.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el acto administrativo impugnado se encuentra debidamente fundamentado y ajustado a derecho, ya que el ciudadano Benito Ramón Perdomo Pérez, al haber sido promovido a Coronel el 05 de julio de 2001, tenía un tiempo mínimo de permanencia en ese grado de cuatro años, el cual se cumplió el 05 de julio de 2005, contando con dos años para ser ascendido, que feneció el 05 de julio de 2007. Por lo tanto, el pase a la situación de retiro era procedente, y la Administración actuó conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales. Asimismo, se desestima la denuncia de trato discriminatorio, ya que no se presentaron pruebas que demuestren que otros oficiales en situación similar no fueron retirados.
Dispositiva
1. SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano BENITO RAMÓN PERDOMO PÉREZ, contra la Resolución N° 13.874, de fecha 08 de abril de 2010, emitida por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, a través de la cual se le pasó a situación de retiro, por 'permanencia máxima en el grado', acto que fue confirmado según oficio N° MPPD-DD-6246, del 30 de agosto de ese mismo año, suscrito por el mencionado funcionario, recibido por el actor en fecha 06 de septiembre de 2010. 2. Queda FIRME el acto administrativo impugnado.