La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre las solicitudes de la ciudadana Alejandrina Castro Deternoz, quien pidió el nombramiento de un experto contable para calcular sus acreencias laborales y la revisión de su tiempo de antigüedad. La Sala determinó que, dado que en una sentencia anterior se había declarado la nulidad del acto administrativo que la removió de su cargo, no se había condenado al pago de cantidades pecuniarias, lo que hacía improcedente la solicitud de nombramiento del experto contable.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala dar respuesta a las diligencias de fechas 8 de mayo, 21 y 28 de junio, 1° de agosto, 18 de octubre, y 6 de noviembre de 2012, suscritas por la ciudadana Alejandrina Castro Deternoz, en las que solicitó el nombramiento de un experto contable “para que proceda a la realización del cálculo de todas las acreencias laborales que se le adeudan por concepto de salarios caídos, cesta tickets, el pago del aporte patronal al Seguro Social, prestaciones sociales, intereses de mora y demás derechos que [le] correspondan”, y la revisión y rectificación “del tiempo de antigüedad, ya que [le] fue concedido en 2010 el beneficio de jubilación especial siendo lo correcto jubilación ordinaria”. Al respecto, se observa: En primer lugar, debe indicarse que en el caso de autos lo solicitado por la parte recurrente en el escrito que dio inicio al presente juicio, se circunscribió a: i) la declaratoria de la nulidad del acto administrativo mediante el cual se decidió su remoción; ii) la reincorporación al cargo de Defensora Pública; y iii) el pago de los salarios dejados de percibir; pedimentos que fueron analizados en la Sentencia Nro. 01778 de fecha 6 de noviembre de 2006, emanada de esta Sala, en la que se acordó como procedente, únicamente la nulidad del acto administrativo impugnado, de modo que, al no haberse condenado al pago de ninguna cantidad correspondiente a salarios dejados de percibir, intereses, u otro concepto de carácter pecuniario, no cabría en consecuencia el nombramiento de un experto contable.
Dispositiva
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTES las solicitudes efectuadas por la ciudadana ALEJANDRINA CASTRO DETERNOZ mediante diligencias de fechas 8 de mayo, 21 y 28 de junio, 1° de agosto, 18 de octubre, y 6 de noviembre de 2012, referidas al nombramiento de un experto contable a fin de realizar el cálculo de sus acreencias laborales, y a la revisión y rectificación del tiempo de antigüedad para el otorgamiento del beneficio de jubilación especial. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
nulidadreincorporaciónprestacionesjubilaciónadministración públicaejecución de fallo
¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.