La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo interpuesta por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) contra la conducta omisiva de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que no había decidido sobre la regulación de competencia en un caso de arrendamiento. La Sala declaró su competencia para conocer el amparo y ordenó a la Corte informar si se había pronunciado sobre la regulación solicitada en un plazo perentorio de diez días. La decisión se fundamenta en la vulneración de derechos constitucionales por la falta de respuesta oportuna de la Corte.
Extracto de la motiva
La acción de amparo interpuesta por el apoderado judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) se ejerció contra la conducta supuestamente omisiva de la Jueza de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, al no decidir el recurso de regulación de competencia ante mencionado, lo cual consideran violatorio de sus derechos y garantías constitucionales y dado que esta Sala Político-Administrativa es su tribunal de alzada o superior como máximo órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa, se declara competente para conocer la acción de amparo bajo examen. Así se declara.
Dispositiva
1) Que es COMPETENTE para conocer la acción de “amparo contra la conducta omisiva de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo” ejercida por el apoderado judicial del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), en el pronunciamiento sobre el recurso de regulación de competencia interpuesto en la demanda por resolución de contrato de arrendamiento, incoada por el referido ente contra el ciudadano Pablo Antonio Duque Romero. 2) Se ORDENA a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo informar a este Alto Tribunal, si a la fecha de publicación de esta sentencia se ha pronunciado respecto a la regulación de competencia solicitada por la representación judicial del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) en el expediente N° AP42-N-2010-129 de la nomenclatura de esa Corte, contentivo de la demanda por resolución de contrato de arrendamiento, incoada por el referido ente contra el ciudadano Pablo Antonio Duque Romero, en un lapso perentorio de diez (10) días de despacho, contados a partir de la notificación de esta decisión.
Palabras clave
amparoconducta omisivaCorte Primera de lo Contencioso Administrativoregulación de competenciaIVSS