Sentencia N° 1461 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de diciembre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01461, Exp. 2010-0861, 05/12/2012
Expediente2010-0861
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-12-04
DecisiónDESISTIDA TÁCITAMENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 01461, declara desistida tácitamente la apelación interpuesta por los recurrentes, debido a la falta de fundamentación del recurso. Se niega la homologación del desistimiento expreso presentado por el abogado Jorge Kiriakidis Longhi, quien actuaba como apoderado judicial de la parte actora. La decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, dictada el 9 de agosto de 2010, queda firme.

Extracto de la motiva

Tal como se señaló en la narrativa de la presente decisión, en fecha 17 de enero de 2012 y 10 de abril de ese mismo año, el abogado Jorge Kiriakidis Longhi, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, expuso lo que a continuación se transcribe: '...los Ex Directores del Banco Federal C.A, resignados a la inutilidad -sobrevenida- del trámite que se sigue en este expediente, y siendo que resultan ahora irrealizables sus aspiraciones a una tutela judicial efectiva cautelar en este caso (…), pero tenidos por el deber de probidad que obliga a evitarle al Poder Judicial el embarazo inútil de atender causas que evidentemente han perdido ya su objeto, proceden en este acto- mediante apoderado judicial- a DESISTIR FORMAL Y UNICAMENTE de apelación ejercida en contra de la Decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo Nro. 2010-1151 de fecha 09 de agosto de 2010…'. Igualmente se advierte que al momento de pronunciarse sobre el mencionado desistimiento, esta Sala precisó en su sentencia N° 00322 del 18 de abril de 2012, lo siguiente: '…de la revisión exhaustiva de las actas insertas al expediente se observa que a los efectos de verificar la facultad del abogado Jorge Kiriakidis Longhi, para desistir del procedimiento, se encuentra consignado el poder otorgado en fecha 23 de junio de 2010, ante el Notario Edwar Estrada (DD6648680) del Condado de Dade en el Estado de la Florida de los Estados Unidos, apostillado ante la oficina del Secretario de Estado del Estado de Florida, en la ciudad de Tallassee, bajo el Nº 2010-63634 (folios 52,53 y 54), por la cuidadana Gilda E. Pabón Gudiño y por los ciudadanos Nelson J. Mezerhane G., Aníbal J. Latuff, Rogelio Trujillo García, Mashud A. Mezerhane B. y Enrique Urdaneta Álamo, al mencionado abogado en el cual se expresa lo siguiente: '…En el ejercicio de este mandato, el nombrado apoderado, podrá interponer toda clase de demandas o recursos, ordinarios o extraordinarios, de anulación, amparo constitucional y revisión; ejercer todo tipo de recursos administrativos, entre otros de reconsideración y jerárquico; tramitar dichos procesos en todas las instancias e incidencias, promover y evacuar todo tipo de pruebas, darse por notificado; apelar, ejercer recursos de hecho y casación, amparo y, en general, todo cuanto fuere necesario para la mejor defensa y protección de nuestros derechos e intereses, por cuanto las facultades que aquí se enumeran lo son sólo a título enunciativo…'. De lo parcialmente transcrito, no se evidencia la facultad expresa de desistir, por lo que esta Máxima Instancia no puede verificar si el abogado Jorge Kiriakidis Longhi, se encuentra facultado para formular el desistimiento en nombre de los recurrentes…'.

Dispositiva

1. NIEGA LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO expreso de la apelación planteado por el abogado Jorge Kiriakidis Longhi, en su condición de apoderado judicial de la parte actora. 2. DESISTIDA TÁCITAMENTE la apelación interpuesta por los recurrentes y en consecuencia, queda firme la decisión de fecha 9 de agosto de 2010, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientoapelaciónfundamentaciónjurisdicciónprocedimientoadministrativa

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