Sentencia N° 1543 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de diciembre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01543, Exp. 2012-0003, 15/12/2016
Expediente2012-0003
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-12-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de nulidad interpuesto por el Capitán Carlos Enrique Báez Salazar contra el acto administrativo que confirmó su separación de la Fuerza Armada Nacional por medida disciplinaria. La Sala consideró que el recurso fue presentado dentro del plazo legal y desestimó las alegaciones de inadmisibilidad planteadas por la representación de la República y el Ministerio Público. Finalmente, se declaró sin lugar la demanda de nulidad, manteniendo firme el acto administrativo impugnado.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el acto administrativo identificado con el alfanumérico MPPD-6347 de fecha 1° de septiembre de 2010, dictado por el Ministro del Poder Popular para la Defensa que confirmó la Resolución Nro. 012838 del 24 de noviembre de 2009, expresó lo siguiente: “Yo, Carlos José Mata Figueroa, venezolano, mayor de edad, militar en servicio activo con el grado de General en Jefe, titular de la Cédula de Identidad N° 5.473.807, en [su] Condición de Ministro del Poder Popular para la Defensa, nombrado mediante Decreto Presidencial N° 7.193 del 26 de enero de 2010, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.355 de fecha 27 de enero de 2010, me dirijo a usted a fin de dar respuesta al Recurso Jerárquico interpuesto en fecha 12ENE10, contra la Resolución N° 012838 de fecha 24NOV09, mediante el cual se pasó a la Situación de Retiro por Medida Disciplinaria. Al respecto y previa valoración de lo expuesto en su escrito, [ese] Despacho en uso de la facultad prevista en el artículo 90 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, ha decidido confirmar el identificado acto administrativo, tomando en consideración los elementos de juicio que se derivan de los documentos atinentes a su caso, en la cual se evidencia que no hay pruebas pertinentes a su favor que permitan declarar de conformidad con lo establecida en el artículo 19 de la citada Ley Orgánica, la nulidad absoluta del acto contra el cual recurre.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) IMPROCEDENTES las solicitudes de inadmisibilidad de la demanda de nulidad, formuladas tanto por la representación de la República como por el Ministerio Público. 2) SIN LUGAR la demanda de nulidad incoada por el Capitán (Ej) CARLOS ENRIQUE BÁEZ SALAZAR, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nro. 6347 de fecha 1° de septiembre de 2010, mediante el cual el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, confirmó la Resolución Nro. 012838 del 24 de noviembre de 2009, que declaró “(…) Separar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana por Medida Disciplinaria y en consecuencia [su] Pase a la Situación de Retiro (…)”. En consecuencia, FIRME el acto administrativo recurrido.

Palabras clave

NulidadContencioso-AdministrativoFuerza Armada NacionalMedida Disciplinaria

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