La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda por abstención interpuesta por la Asociación Civil Espacio Público contra la Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, debido a la falta de respuesta a solicitudes de información sobre proyectos y presupuestos destinados a la protección de los pueblos indígenas. La Sala determinó su competencia para conocer el caso, pero declaró inadmisible la demanda, argumentando que la parte demandante no cumplió con los requisitos establecidos por la Sala Constitucional para justificar la proporcionalidad de la información solicitada con el uso que se le pretende dar.
Extracto de la motiva
Determinado lo anterior, y en la oportunidad de emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad de la demanda, la Sala aprecia lo siguiente: Del escrito de fecha 3 de noviembre de 2016, se observa que la demanda por abstención va dirigida contra la omisión de la Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, al no dar respuesta a la solicitud de información planteada por la organización accionante y un grupo de ciudadanos y ciudadanas miembros de comunidades indígenas mediante comunicaciones de fechas 17 de junio y 10 de agosto de 2016, respecto a temas de interés para esa población en el marco de las obras que se adelantarán en el proyecto del “Arco Minero”. A fin de sustentar su reclamo, la representación judicial de la parte demandante consignó los siguientes recaudos: Comunicación de fecha 17 de junio de 2016 -recibida por el Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas el 29 del mismo mes y año- mediante la cual la Asociación Civil Espacio Público y un grupo de personas requirieron al aludido órgano administrativo lo siguiente: “1- Envíe copia de proyectos, presupuestos y cronogramas de ejecución de los planes de apoyo que se le han dado a los diferentes pueblos indígenas que se han visto y se verán afectados con ocasión de las concesiones mineras coloquialmente llamadas ‘Arco Minero’. 2- Indique que (sic) medidas de concientización se han tomado para combatir la discriminación rampante que sufren los integrantes de los pueblos indígenas por parte de funcionarios del Estado, específicamente la Guardia Nacional Bolivariana y miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y provea copia de todos los planes y proyectos que se han realizado y están por realizar con respecto a esta problemática. 3- En su labor de velar por la integridad y bienestar de los pueblos indígenas (...) envíe copia de las medidas y proyectos de índole ambiental y cultural que han sido impulsadas en los últimos 3 años”. Asimismo, indicaron que “Dicha información la [requieren] para realizar contraloría ciudadana sobre la gestión pública y además [se ven] directamente afectados por la constante discriminación por parte de funcionarios del Estado”.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. Su COMPETENCIA para conocer la demanda por abstención interpuesta por los apoderados judiciales de la ASOCIACIÓN CIVIL ESPACIO PÚBLICO, contra la ciudadana MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS. 2. INADMISIBLE la referida demanda. Publíquese, regístrese y notifíquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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