Sentencia N° 1481 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de diciembre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01481, Exp. 2013-0918, 15/12/2016
Expediente2013-0918
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-12-14
DecisiónEXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Carmen Alida Ojeda Hernández en representación de Salvador Antonio Sosa González. La Sala constató que la última actuación del recurrente fue en 1998 y que no hubo interés en continuar el proceso durante más de dieciocho años. Por lo tanto, se declaró la extinción de la acción por pérdida del interés procesal, siguiendo criterios jurisprudenciales establecidos en decisiones anteriores.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala emitir pronunciamiento acerca del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la apoderada judicial del ciudadano Salvador Antonio Sosa González, contra la Resolución Nro. 04-00-03-04-082 del 5 de agosto de 1998, suscrita por la Directora de Procedimientos Jurídicos de la Contraloría General de la República, actuando por delegación del Contralor General de la República. Sin embargo, de la revisión de las actas que conforman el expediente, se constata que la última actuación del recurrente para impulsar el proceso tuvo lugar el día 12 de agosto de 1998, oportunidad en la cual consignó escrito de informes, y visto que a la fecha de la presente decisión han transcurrido más de dieciocho (18) años, sin que la parte accionante hubiese realizado algún acto de procedimiento demostrativo de su interés en la culminación de la causa, esta Máxima Instancia con miras a resguardar su derecho a la tutela judicial efectiva, mediante decisión Nro. 00333, publicada el 26 de marzo de 2015, ordenó la notificación del demandante, a los fines de que manifestase su interés en la decisión del asunto controvertido, para lo cual le concedió un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su notificación. Asimismo, en el referido fallo se dejó expresamente establecido que una vez transcurrido “el indicado lapso sin que la parte manifieste su interés en que se decida la causa, esta Sala procede[ría] a dictar el pronunciamiento correspondiente”. (Agregado de este Alto Tribunal).

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Carmen Alida Ojeda Hernández, en su condición de apoderada judicial del ciudadano SALVADOR ANTONIO SOSA GONZÁLEZ, contra la Resolución Nro. 04-00-03-04-082 de fecha 5 de agosto de 1998, suscrita por la Directora de Procedimientos Jurídicos de la Contraloría General de la República, actuando por delegación del CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

interés procesalacción judicialtutela judicialperencióninactividad procesalconstituciónjurisprudencia

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