La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 7 de diciembre de 2017, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por Yreilyn del Valle Cartagena Delgado contra la sentencia Nro. 2017-00475 de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que había declarado desistido el procedimiento de nulidad contra la decisión de CADIVI que negó la autorización de adquisición de divisas. La Sala consideró que la apelante no pudo asistir a la audiencia de juicio debido a circunstancias no imputables a ella, lo que justificó la anulación de la sentencia apelada y la orden de fijar una nueva audiencia.
Extracto de la motiva
La Sala considera que, en atención a los derechos a la defensa y al debido proceso de la parte accionante, resulta claro que en este caso en particular, no puede aplicarse al demandante la consecuencia jurídica prevista en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa al haber quedado demostrada la existencia de la causa -no imputable a la parte- que le impidió asistir a la audiencia de juicio. Determinado lo anterior, se declara con lugar el recurso de apelación incoado por la parte actora en fecha 29 de junio de 2017, y por ende, se anula la sentencia Nro. 2017-00475 publicada en fecha 20 de junio de 2017, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y se ordena a al referido órgano jurisdiccional fije una nueva oportunidad para la celebración de la aludida audiencia.
Dispositiva
1.- Se declara CON LUGAR el recurso de apelación incoado por la representación judicial de la ciudadana YREILYN DEL VALLE CARTAGENA DELGADO, antes identificada en fecha 29 de junio de 2017, contra la sentencia Nro. 2017-00475 publicada el 20 de junio de 2017 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 2.- ANULA el referido fallo. 3.- Se ORDENA a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo fije una nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio.
Palabras clave
nulidadadquisición de divisasCADIVIaudiencia de juicioderecho a la defensa