La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Civil Transparencia Venezuela contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró inadmisible su demanda por abstención. La Sala confirmó la inadmisibilidad, argumentando que la parte actora no cumplió con los requisitos establecidos por la Sala Constitucional para solicitar información sobre presuntos hechos de corrupción, lo que llevó a declarar sin lugar el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La Sala determina que la solicitud de la recurrente no cumple con las exigencias dispuestas en el referido fallo; razón por la cual se confirma la inadmisibilidad de la acción, por los motivos enunciados en esta decisión. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL TRANSPARENCIA VENEZUELA, contra la decisión Nro. 2016-0580 de fecha 25 de octubre de 2016, que declaró inadmisible la demanda por abstención interpuesta contra “la Presidenta” de la FUNDACIÓN NACIONAL “EL NIÑO SIMÓN”, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado.
Palabras clave
transparenciaderecho a la informacióncorrupciónadministración pública