La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por Ramón Alfonso Valera Montilla contra la Resolución N° 01-00-000185, que confirmó su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por cinco años. Se argumenta que la sanción fue impuesta tras un análisis de la responsabilidad administrativa del recurrente, quien había aprobado pagos sin el control previo requerido, lo que constituyó una falta grave. La Sala sostiene que la decisión del Contralor General fue conforme a la ley y respetó el debido proceso.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la sanción de inhabilitación no resulta desproporcionada en atención a la falta cometida, pues fue impuesta con la debida adecuación respecto al supuesto de hecho y los fines de la norma que la prevé, tomando en cuenta el grado de responsabilidad del recurrente y la gravedad de las irregularidades cometidas, por tanto, deben desecharse los alegatos de violación a los principios de proporcionalidad, racionalidad y adecuación. Asimismo, se desestima la solicitud de desaplicación del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, ya que la imposición de sanciones accesorias requiere la declaratoria de responsabilidad administrativa, sin que medie otro procedimiento.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano RAMÓN ALFONSO VALERA MONTILLA, contra la Resolución N° 01-00-000185, de fecha 03 de agosto de 2005 dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, que declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución N° 01-00-097, de fecha 30 de marzo de 2005, mediante la cual le fueron impuestas al recurrente la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de cinco (5) años.