Sentencia N° 1197 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de diciembre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 01197, Exp. 2023-0417, 21/12/2023
Expediente2023-0417
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-12-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Lara, en relación a una demanda por pago de beneficio de alimentación interpuesta por el ciudadano Wilfredo José Suárez Jiménez contra Procter & Gamble Industrial, C.A. El juzgado de origen había declarado la falta de jurisdicción frente a la Administración Pública, indicando que el caso debía ser conocido por la Inspectoría del Trabajo. Sin embargo, tras el análisis de las actas del expediente, la Sala concluyó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer y decidir la demanda, revocando así la decisión del juzgado de primera instancia. La Sala fundamentó su decisión en la naturaleza pecuniaria de la demanda y la necesidad de un debate probatorio, lo que corresponde al Poder Judicial y no a la administración pública. Finalmente, la Sala ordenó que se proceda con el conocimiento del caso por parte del Juzgado Sexto de Primera Instancia, garantizando así el derecho a la tutela judicial efectiva del demandante.

Extracto de la motiva

Por los razonamientos precedentemente expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso para esta juzgadora declarar LA FALTA DE JURISDICCIÓN frente a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, correspondiendo su conocimiento a la INSPECTORIA DEL TRABAJO. En tal sentido, la demandante debe acudir ante dicho órgano para tramitar su reclamo por Cobro de Beneficio de Alimentación conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras. Así se decide.

Dispositiva

1.- Que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por “pago de beneficio de alimentación”, interpuesta por la abogada Mariandry Faneite Hidalgo, actuando como apoderada judicial del ciudadano WILFREDO JOSÉ SUÁREZ JIMÉNEZ, ambos identificados, contra la sociedad mercantil PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL, C.A. 2.- Se REVOCA la decisión sometida a consulta, dictada en fecha 4 de agosto de 2023, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.

Palabras clave

jurisdicciónbeneficio de alimentacióndemanda laboral

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