Sentencia N° 1032 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de septiembre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01032, Exp. 2014-0287, 23/09/2015
Expediente2014-0287
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2015-09-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por DEL SUR BANCO UNIVERSAL, C.A. contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar la demanda de nulidad contra la Resolución N° 555.05. Esta resolución había impuesto una sanción de multa al banco por incumplimiento de las normativas sobre el porcentaje mínimo de cartera agrícola. La Sala confirmó el fallo apelado, argumentando que la sanción era proporcional y que el banco debía cumplir con las obligaciones establecidas desde su autorización como banco universal.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la sanción impuesta por el Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras se ajusta a derecho, dado que el banco recurrente, al operar como banco universal, adquirió las obligaciones correspondientes a dicha categoría. Se argumenta que el principio de proporcionalidad fue respetado, ya que la multa impuesta corresponde a un porcentaje mínimo de su capital pagado, y se desestima la alegación de desigualdad ante la ley, dado que todos los bancos universales están sujetos a las mismas normativas sin distinción de antigüedad. La Sala concluye que la decisión de la Corte Primera fue correcta al declarar sin lugar la demanda de nulidad, confirmando así la legalidad de la resolución impugnada.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la representación judicial de la sociedad mercantil DEL SUR BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la sentencia Nº 2013-1809, de fecha 10 de octubre de 2013, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta, contra la Resolución N° 555.05 del 26 de octubre de 2005, dictada por el entonces SUPERINTENDENTE DE BANCOS y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (hoy Superintendente de las Instituciones del Sector Bancario). En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado y queda FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

proporcionalidadsancionesbancosagriculturaderechosadministración

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