Sentencia N° 62 — Sala Plena del TSJ, 30 de mayo de 2016

TSJ/SP, Sent. N° 62, Exp. 2013-000058, 22/09/2016
Expediente2013-000058
PonenteINDIRA M. ALFONZO IZAGUIRRE
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2016-05-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados del estado Táchira, relacionado con una denuncia de invasión al Fundo Torondoy. Las ciudadanas Edita María Panza de Casanova y Denixa Casanova interpusieron la denuncia contra varios ciudadanos por la ocupación de su propiedad. La Sala determinó que el conflicto debía ser resuelto por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario, dado que la materia en discusión se relaciona con la actividad agraria y no con el ámbito penal.

Extracto de la motiva

Determinado como ha sido la competencia, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia pasa a resolver la solicitud de regulación de la competencia, tomando en consideración, previamente lo siguiente: El conflicto de competencia se planteó en razón que el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del estado Táchira y el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, se declararon incompetentes para conocer la denuncia formulada por las ciudadanas Edita María Panza de Casanova y Denixa Casanova por la invasión al Fundo denominado Torondoy, en contra de los ciudadanos José Nova, Anderson Tulio Pulido Noguera, Pedro Antonio Angarita Niño, Priscila Bellamir Angarita Mateus, Francy Nereida Valero García, José Ramón Ramírez, Digna Santana Díaz, Marleni Labrador, Miguel Ángel Flores Leal, Beatriz Mireya Vivas Palacio, Isidro Flores Anaya, Melquis Esly Angarita Mateus, Edwin Ermit Angarita Mateus, Jenny Yorley Guerrero Ramírez, Amaida Flores Leal, José Asarael Nova, Dagoberto Nova Estrada, Ligia Leal Basto, Justiniano Belandria Acevedo, Rosa Santana Emilse Zuleima Reyes, Bellamir Mateus de Angarita, y Pedro Antonio Angarita Mateus. Así las cosas, se observa que en el contexto del procedimiento penal se acreditó el trámite de solicitud de declaratoria de garantía de permanencia sobre el Fundo Torondoy, por la ciudadana Edita María Panza viuda de Casanova, así como la petición de declaratoria de tierras ociosas y ocupación sobre el referido predio, efectuada por los ciudadanos Anderson Tulio Pulido, Miguel Ángel Flores Leal, Pedro Antonio Angarita Matheus y Melquis Elsy Angarita Matheus, ante la Oficina Regional de Tierras del estado Táchira, adscrita al Instituto Nacional de Tierras, bajo los expedientes con alfanuméricos 20-20-RDGP-10-4950 y 20-20-200702-DTO-2010-0039, lo que –para el órgano jurisdiccional- constituye un conflicto sobre la actividad agraria del señalado fundo, que sustrae del ámbito penal la denunciada invasión, con fundamento en el criterio vinculante establecido por la Sala Constitucional mediante fallo N° 1881 de fecha 8 de diciembre de 2011.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del estado Táchira y el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira y resolver la regulación de competencia solicitada de oficio. 2.- Que CORRESPONDE al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, la competencia para conocer de la demanda intentada por las ciudadanas Edita María Panza de Casanova y Denixa Casanova, contra los ciudadanos José Nova, Anderson Tulio Pulido Noguera, Pedro Antonio Angarita Niño, Priscila Bellamir Angarita Mateus, Francy Nereida Valero García, José Ramón Ramírez, Digna Santana Díaz, Marleni Labrador, Miguel Ángel Flores Leal, Beatriz Mireya Vivas Palacio, Isidro Flores Anaya, Melquis Esly Angarita Mateus, Edwin Ermit Angarita Mateus, Jenny Yorley Guerrero Ramírez, Amaida Flores Leal, José Asarael Nova, Dagoberto Nova Estrada, Ligia Leal Basto, Justiniano Belandria Acevedo, Rosa Santana Emilse Zuleima Reyes, Bellamir Mateus de Angarita, y Pedro Antonio Angarita Mateus. 3.- Se ORDENA la remisión del expediente, junto con oficio, al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.

Palabras clave

competenciainvasiónposesiónderecho agrariojurisdicciónCódigo Penaltierrasconflicto

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