Sentencia N° 26 — Sala Plena del TSJ, 3 de octubre de 2018

TSJ/SP, Sent. N° 26, Exp. 2018-000018, 15/05/2019
Expediente2018-000018
PonenteMarisela Valentina Godoy Estaba
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-10-03
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en un caso de medida de protección solicitada por María Yolanda Pinto Beltrán. El conflicto surgió entre el Juzgado Superior Agrario y el Juzgado de Mediación, ambos declarándose incompetentes para conocer del asunto. La Sala Plena determinó que la competencia corresponde a la Sala de Casación Social, declinando así su conocimiento del caso.

Dispositiva

PRIMERO: Que es INCOMPETENTE para conocer y decidir la regulación oficiosa de competencia planteada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer y decidir la regulación de competencia planteada corresponde a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. TERCERO: Se ORDENA remitir las presentes actuaciones a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; asimismo, notificar de la presente decisión al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico y al Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la mencionada Circunscripción Judicial del estado Guárico.

Palabras clave

competenciaprotecciónagrariotribunalesconflicto

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