Sentencia N° 24 — Sala Plena del TSJ, 3 de octubre de 2018

TSJ/SP, Sent. N° 24, Exp. 2017-000102, 15/05/2019
Expediente2017-000102
PonenteDra. YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-10-03
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia planteada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro, en relación a un caso penal seguido contra un adolescente por presunta violencia física. La Sala concluyó que no era competente para decidir sobre la regulación, ya que existe un superior común, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, que debe conocer el asunto. Se ordenó remitir el expediente a dicha Corte para su decisión.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR DEL CONFLICTO PLANTEADO En el caso sub iudice, se verifica que se plantea una regulación oficiosa de competencia en virtud del conflicto de no conocer que se suscitó entre el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Coro y el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. El Código de Procedimiento Civil establece la solicitud, de oficio, de la regulación de competencia por parte del Juez, así como su tramitación, al tratarse ésta de un mecanismo procesal que permite dirimir conflictos que surjan entre órganos jurisdiccionales, por el conocimiento de determinada causa indicando, en este sentido, lo siguiente: Artí

Dispositiva

PRIMERO: Que es INCOMPETENTE para conocer y decidir la regulación de competencia planteada. SEGUNDO: Que es COMPETENTE la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Sala Especial Accidental de la Sección Adolescentes, para conocer y decidir la regulación de competencia planteada. TERCERO: Se ORDENA remitir el expediente a la precitada Corte.

Palabras clave

regulación de competenciaadolescenteviolencia física

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