La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara la perención de la instancia en el recurso de nulidad interpuesto por Alfredo López Martínez y Maritza Agreda contra la Junta Administradora del Macro Condominio 'Lomas del Bosque'. La decisión se basa en el incumplimiento de la parte recurrente de retirar y publicar el cartel de emplazamiento dentro del plazo establecido por la ley. Asimismo, se deja sin efecto la medida cautelar acordada anteriormente, dado su carácter provisional.
Dispositiva
1.- LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del presente “Recurso de Nulidad de Acto Administrativo Conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar”, interpuesto por los ciudadanos ALFREDO LÓPEZ MARTÍNEZ y MARITZA AGREDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-17.933.774 y V-9.291.876, respectivamente, asistidos por el abogado William Eduardo Núñez Véliz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) número 44.987, contra la JUNTA ADMINISTRADORA MACRO CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL “LOMAS DEL BOSQUE”. 2.- QUEDA SIN EFECTOS la medida cautelar acordada por esta Sala en la Sentencia N° 17, de fecha 23 de abril de 2024, dado el carácter provisional e instrumental de esa protección cautelar en virtud de encontrarse supeditada a la acción principal de nulidad.