Sentencia N° 578 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de diciembre de 2025

TSJ/SCS, Sent. N° 578, Exp. 23-439, 02/12/2025
Expediente23-439
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRIGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2025-12-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Marta Esperanza Matheus, actuando como apoderada de Agropecuaria El Tamaral, C.A., contra actos administrativos del Instituto Nacional de Tierras (INTI). La decisión se basa en la falta de representación legal adecuada, dado que la demandante no es abogada y no puede ejercer poderes judiciales en nombre de otro. Además, se declara la nulidad de todos los actos procesales subsiguientes al auto de admisión del recurso.

Extracto de la motiva

En efecto, así como quien sin ser abogado no puede ejercer poderes en juicio, en razón de la prohibición expresa de la ley; de igual forma, no puede, en nombre de otro, otorgar válidamente dicha facultad, a menos que su representación derive de la ley, por tanto, el poder otorgado en esas condiciones, carece de validez jurídica y, por tanto, inexistente jurídicamente, lo cual se traduce en una manifiesta falta de representación, que subsume la pretensión incoada en esa forma en la causal de inadmisión que preceptúa el artículo 133.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide. En conclusión, con fundamento en lo previsto en las sentencias supra transcritas, en el artículo 133.3 de la referida Ley, así como en las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala estima que en lo que respecta al ciudadano Timber Rafael González Zamora, el abogado Humberto Decarli no tiene la representación que se atribuye para la interposición de la solicitud de revisión de autos, razón por la cual resulta imperioso para esta Sala declarar su inadmisibilidad, de conformidad con lo que dispone la referida disposición normativa (Artículo 133.3 LOTSJ). Así se declara.

Dispositiva

PRIMERO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana MARTA ESPERANZA MATHEUS, actuando como apoderada de la sociedad mercantil AGROPECUARIA EL TAMARAL, C.A., contra distintos actos administrativos dictados por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). SEGUNDO: LA NULIDAD de todos los actos procesales subsiguientes al auto de admisión del recurso contencioso administrativo de nulidad. TERCERO: el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación ejercido por la parte actora.

Palabras clave

representaciónabogadosinadmisionpoderesderechonormativa

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