Sentencia N° 348 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de septiembre de 2026
TSJ/SCS, Sent. N° 348, Exp. 25-548, 21/09/2026
Expediente25-548
PonenteENEIDA ALEXANDRA MORENO PÉREZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2026-09-21
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos tribunales agrarios. El Juzgado de Primera Instancia Agrario de La Guaira se declaró incompetente para conocer de la solicitud de nulidad de un justificativo judicial de testigo, declinando la competencia al Juzgado Superior Primero Agrario de Caracas, que también se declaró incompetente. La Sala determinó su competencia para resolver el conflicto y ordenó remitir el expediente al Juzgado de Primera Instancia Agrario de La Guaira, considerando que este es el tribunal competente para conocer del asunto.
Extracto de la motiva
La regulación oficiosa de competencia es un mecanismo procesal que busca resolver controversias sobre la aptitud de un tribunal para conocer un asunto específico. En este caso, se planteó un conflicto negativo de competencia entre dos tribunales agrarios, donde ambos se declararon incompetentes para conocer de la solicitud de nulidad de un justificativo judicial. La Sala de Casación Social, al analizar el caso, reafirmó su competencia para dirimir el conflicto y determinó que el Juzgado de Primera Instancia Agrario de La Guaira es el tribunal competente para conocer del asunto, dado que se trata de una controversia entre particulares relacionada con la actividad agraria. La Sala fundamentó su decisión en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil y en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, que establecen las competencias de los tribunales agrarios.
Dispositiva
PRIMERO: Este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y los Estados Miranda y La Guaira, declara su INCOMPETENCIA FUNCIONARIALMENTE, en grado de jurisdicción para conocer de la presente causa, remitida por el Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en el juicio de nulidad solicitada por el ciudadano SAÚL ERNESTO MÁRQUEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.680.942, en contra de los ciudadanos IRIS MAYORA Y ARISTÓBULO MAYORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.059.216, y V-6.493.710, respectivamente. Así se decide. SEGUNDO: Se plantea EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA, conforme lo estatuido en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que esta decida lo planteado, ello a tenor y en salvaguarda a las garantías constitucionales al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la economía y celeridad procesal.