Sentencia N° 332 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de agosto de 2026
TSJ/SCS, Sent. N° 332, Exp. 25-541, 06/08/2026
Expediente25-541
PonenteEDELIO ISABEL GONZÁLEZ DÍAZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2026-08-06
DecisiónCompetente
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en una solicitud de medida autosatisfactiva de protección ambiental presentada por José Luis Moreno Zambrano. El Tribunal Superior Agrario se había declarado incompetente, así como el Juzgado de Primera Instancia Agrario, lo que llevó a la Sala a asumir la competencia para resolver el conflicto. La Sala determinó que el caso era entre particulares y que correspondía al Juzgado de Primera Instancia Agraria conocer de la solicitud.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, se declaró incompetente para conocer de la presente solicitud de medida en razón “(…) que se deduce que el conflicto es entre particulares” y declina su competencia en el Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, extensión El Vigía. A tal efecto, una vez remitida la causa al Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (extensión El Vigía), se declaró incompetente para conocer de la acción. El tribunal fundamentó su declinatoria en el artículo 156 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, al advertir que el caso involucra actos administrativos agrarios y la intervención de entes del Estado en el lote de terreno 'Los Algarrobos'. En consecuencia, el Juzgado de Primera Instancia ordenó remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia para que decida la regulación de competencia.
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la regulación competencia suscitado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía y el Juzgado Superior Agrario de la aludida Circunscripción Judicial; SEGUNDO: se declara COMPETENTE al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía, para conocer del caso de autos.
Palabras clave
medida autosatisfactivaprotección ambientalcompetenciajuzgado agrarioconflicto entre particularesregulación de competenciaLey de Tierrasproducción agrícola