Sentencia N° 302 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0302, Exp. 15-939, 31/03/2016
Expediente15-939
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, presentado por el abogado Jesús Andrés Durán Romero. La Sala establece que el solicitante no expresa el interés o en qué medida la interpretación le concierne, lo que impide determinar la condición de conexidad necesaria para la legitimidad de la solicitud. Por lo tanto, se concluye que el caso resulta aislado en relación con la norma cuya interpretación se solicita.

Extracto de la motiva

El numeral 6 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra entre las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, la de “Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, en los términos contemplados en la ley”, expresando en su único aparte, que aquellas atribuciones que no se encuentren asignadas a las Salas en particular, serán ejercidas por las diversas Salas, conforme a lo previsto en la Constitución y en la ley. En el caso concreto, al interponerse un recurso de interpretación del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, materia eminentemente laboral, no cabe duda que tal circunstancia reviste un carácter afín con las competencias atribuidas a la Sala de Casación Social, y como tal debe considerarse competente para conocer del presente recurso. Establecida la competencia de la Sala para conocer el presente asunto, le corresponde ahora pronunciarse respecto de la admisibilidad del recurso intentado. En este caso particular, señala el proponente una interrogante como fundamento de la solicitud de interpretación del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, al efecto indica: ¿Cuál es la utilidad del nuevo preaviso del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras? En sentencia nº 498 del 10 de mayo de 2005 [caso: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA)], esta Sala de Casación Social, modificó el criterio en cuanto a las condiciones de admisibilidad del recurso de interpretación, los cuales son: 1.- Establecer la conexidad con un caso concreto, para determinar la legitimidad del recurrente y la existencia de una duda razonable sobre la inteligencia de la disposición legal. 2.- Que la interpretación solicitada verse sobre un texto legal, aun cuando el mismo no establezca expresamente la posibilidad de interpretarse. 3.- Que se precise en qué consiste el motivo de interpretación. 4.- Que la Sala no se haya pronunciado con anterioridad sobre el punto requerido y, en tal caso, que no sea necesario modificar el criterio sostenido. 5.- Que el recurso de interpretación no persiga sustituir los recursos procesales existentes, u obtener una declaratoria con carácter de condena o constitutiva. 6.- Que no se acumule a la pretensión otro recurso o acción de naturaleza diferente, o acciones incompatibles, excluyentes o contradictorias. 7.- Que el objeto de la interpretación no sea obtener una opinión previa del órgano jurisdiccional para la solución de un caso concreto que esté siendo conocido por otro órgano jurisdiccional, bien sea entre particulares o entre estos y los órganos públicos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justica en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación del artículo 81 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, presentado por el abogado Jesús Andrés Durán Romero. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

interpretaciontrabajolegitimidadjurisprudenciainadmision

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