Sentencia N° 1741 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1741, Exp. 09-549, 15/12/2010
Expediente09-549
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-12-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de diciembre de 2010, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los demandantes contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Lara. La controversia se centró en la naturaleza salarial de ciertos conceptos de pago, como asignaciones por vehículo y teléfono, así como un bono gerencial. La Sala concluyó que dichos conceptos no tenían carácter salarial, ya que no cumplían con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo.

Extracto de la motiva

Al denunciarse una norma como infringida por falta de aplicación, debe indicarse la parte relevante de la decisión, la mención de la norma que el juez no aplicó, la debida explicación del porqué es aplicable y cuál hubiese sido la decisión adoptada por el juez de haber aplicado la norma en cuestión, además de las explanaciones que considere necesario realizar. De la denuncia transcrita se observa que la delación carece de la debida técnica de formalización, no obstante, esta Sala extremando sus funciones procede a verificar si efectivamente se incurrió en el vicio de falta de aplicación de los artículos 133 de la Ley Orgánica del Trabajo y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al no darle naturaleza salarial a la asignación de vehículo y de teléfono, así como al bono gerencial. Ahora bien, el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el recurrente denuncia como infringido por falta de aplicación, establece la distribución de la carga probatoria, así como la presunción de admisión de aquellos hechos sobre los cuales no se expongan debidamente los motivos del rechazo en la contestación de la demanda, siempre que los mismos no aparezcan desvirtuados por ninguno de los elementos del proceso, de allí su carácter iuris tantum. Asimismo, los recurrentes denunciaron la falta de aplicación del artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, el cual define al salario y lo que se entiende por salario normal. Debiendo advertirse que para que un concepto devengado por el trabajador tenga naturaleza salarial, aún cuando sea de los enunciados en el referido artículo, –tal como lo ha señalado reiteradamente esta Sala– debe tener la intención retributiva del trabajo, es decir, debe tratarse de bienes o servicios cuya propiedad o goce le sean cedidas por el empleador en contraprestación de sus servicios, formando parte de su patrimonio y de libre disposición; por lo que no tendrán naturaleza salarial cuando los mismos sean proporcionados al trabajador para la ejecución del servicio y para el normal y buen desempeño de las labores, (Vid. Sent. N° 263 de fecha 24 de octubre de 2001, caso: José Francisco Pérez Áviles contra Hato La Vergareña, C.A.). Todo lo cual conduce a esta Sala a señalar, que le corresponderá a los jueces de instancia analizar la finalidad inmediata que tengan los referidos bienes o servicios, a los fines de determinar el carácter salarial o no de los mismos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 1° de abril de 2009, emanada del el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial ut supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo ello de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de acreenciassalarioprestaciones socialescarga probatorianaturaleza salarialLey Orgánica del TrabajoLey Orgánica Procesal del Trabajo

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